Perspectivas

Dos calendarios que no siempre coinciden

Hace unos días publiqué mi artículo sobre el Reglamento Ómnibus de IA, que modifica plazos, procedimientos y algunos de los mecanismos de aplicación del AI Act.

Entre las cuestiones que plantea hay una que tiene una consecuencia empresarial bastante concreta: la fecha jurídica de una obligación y el momento en que una empresa necesita tomar determinadas decisiones no siempre coinciden.

Pensemos en una entidad financiera que concede financiación al consumo. Hoy acuerda con un proveedor el desarrollo, implantación y mantenimiento durante cuatro años de un nuevo sistema de IA para evaluar la solvencia de clientes particulares.

Supongamos que, por el uso concreto que va a darle y por el momento en que está previsto ponerlo en servicio, el sistema queda sujeto al régimen de los sistemas de alto riesgo aplicable desde el 2 de diciembre de 2027.

La fecha jurídica está ahí. Pero la empresa tiene que decidir hoy qué proveedor elige, qué solución contrata y en qué condiciones.

No se trata de cumplir antes de tiempo una obligación que todavía no es exigible.

Se trata de evitar que una decisión adoptada hoy haga después mucho más difícil o costoso cumplirla: porque falte documentación, porque el sistema no permita una supervisión adecuada o porque el contrato no asegure la cooperación necesaria del proveedor.

De esta forma, aparecen dos calendarios:

Calendario jurídico: ¿cuándo resulta aplicable la obligación?

Calendario empresarial: ¿cuándo necesito decidir para estar en condiciones de cumplirla?

La segunda fecha puede ser anterior a la primera.

He desarrollado esta distinción en la edición interactiva de mi artículo sobre el Reglamento Ómnibus de IA, ya disponible en la web:

https://lnkd.in/evfe2V6J

Infografía «Dos calendarios que no siempre coinciden» (AI Act después del Reglamento Ómnibus de IA). Calendario jurídico: ¿cuándo resulta aplicable la obligación? Calendario empresarial: ¿cuándo necesito decidir para estar en condiciones de cumplirla? La segunda fecha puede ser anterior a la primera.